Legislación relacionada con la RSC
Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
- Su objetivo principal es mejorar la transparencia en las compañías e incentivar prácticas y comportamientos tendientes a hacerles mucho más sostenibles y responsables.
- Están obligadas a reportar compañías que tienen cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones: más de 500 empleados, ventas anuales de 40 millones de euros o más ó utilidades anuales de 20 millones de euros o más.
- Las empresas están obligadas a hacer reportes sobre asuntos medioambientales, sociales y del personal, Derechos Humanos, lucha contra la corrupción e información sobre la sociedad.
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La modificación del Código de Comercio por la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, añadió un requerimiento más a los EINF en el apartado de Relaciones sociales (artículo 49, apartado 6. II Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal, guion cuarto):mecanismos y procedimientos con los que cuenta la empresa para promover la implicación de los trabajadores en la gestión de la compañía, en términos de información, consulta y participación.
- Tiene el objetivo de reducir el consumo de materiales en relación con el PIB, la generación de residuos, incentivar la reutilización, hacer un mejor uso del agua y reducir gases efecto invernadero.
- Identifica seis sectores prioritarios: la construcción, el agroalimentario, el pesquero y el forestal, el industrial, los bienes de consumo, el turismo y el textil y la confección.
- El Gobierno Nacional debe trabajar en la reglamentación de la estrategia. Se debe presentar en las próximas semanas.
- Su objetivo principal es reglamentar las condiciones de trabajo a distancia (teletrabajo).
- Obliga a las empresas a asumir los costes que pueda implicar el trabajo a distancia para los trabajadores.
- Reglamenta el derecho de las personas a la desconexión laboral.
- Tiene el objetivo de cerrar las brechas de género dentro de las empresas y hacer mucho más transparente la información de las empresas.
- La ley 6 de 2019 estableció el marco regulatorio inicial y el Real Decreto planteó algunos cambios.
- Están obligadas a hacer diagnósticos y planes de igualdad las empresas que:
- Tienen más de 150 personas en su plantilla desde marzo 2020.
- Tienen entre 100 y 150 empleados en su plantilla desde marzo 2021.
- Tienen 50 o más empleados en su plantilla desde marzo 2022.
- Promover la igualdad de oportunidades e incentivar la empleabilidad de las personas en condición de discapacidad.
- Las compañías con más de 50 empleados están obligadas a que al menos, el 2% de sus plantillas de trabajadores, estén conformadas por personas en condición de discapacidad.
- Hace obligatorio el cumplimiento de requisitos en materia social, ambiental y económica para empresas que quieran ser proveedores de bienes y servicios para la administración pública.
- Ayuda a promover la inclusión y la diversidad en las empresas.
- Buscar la promoción y garantía de los Derechos Humanos.
- Promueve la transparencia en las compañías.
- Tiene como objetivo reglamentar la gestión de residuos en todo el país.
- Establece las responsabilidades de los generadores de residuos y una ruta para su adecuada disposición.
- Se establecen sanciones para quienes incumplan con la reglamentación.
- Su objetivo es garantizar un medioambiente sano estableciendo la responsabilidad ambiental de los agentes económicos.
- Todas las empresas deben cumplir con la Ley de Responsabilidad Ambiental y en su gran mayoría no la conocen.
- Incumplir con la Ley de Responsabilidad ambiental tiene implicaciones administrativas, disciplinarias y penales.